Propone Julieta Villalpando facultar a la legislatura a designar al titular del órgano de control interno del TJAEM

La diputada Julieta Villalpando Riquelme, coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido Encuentro Social (PES), propuso otorgarle a la Legislatura la atribución de nombrar al titular del Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TJAEM).

De acuerdo con la iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del TJAEM, la facultad conferida a la Legislatura para designar a los titulares de los órganos internos de control no afectará de ninguna forma su autonomía, “por el contrario, su objetivo es eliminar la identidad entre el ente controlado y el controlador.”

En sesión deliberante del Sexto Periodo Ordinario, la legisladora Julieta Villalpando preciso que de acuerdo con su iniciativa el titular durará en su encargo cinco años y podrá ser designado por un periodo inmediato posterior al que se haya desempeñado, previa postulación y cumpliendo los requisitos previstos en esta ley, además de que deberá rendir un informe anual de actividades al Tribunal, del cual marcará copia al Poder Legislativo del estado.

Remitida a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y de Combate a la Corrupción para su dictamen, la propuesta detalla que para ocupar el cargo deberá cumplirse, entre otros requisitos, con los de ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; tener 35 años cumplidos el día de la designación; gozar de buena reputación;  no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año; contar al momento de la designación con experiencia de al menos cinco años en el control, manejo o fiscalización de recursos, responsabilidades administrativas, transparencia y rendición de cuentas y contar al día de su designación, con antigüedad mínima de cinco años, con título profesional relacionado con las actividades a que se refiere la fracción anterior, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello.

De acuerdo con el documento, el Órgano Interno de Control del Tribunal de Justicia Administrativa, conforme a la legislación vigente, cuenta con autonomía de gestión para el ejercicio de sus atribuciones y tiene como objeto investigar y sancionar las responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos de ese Tribunal, mediante auditorías, visitas de inspección, denuncias y todas las medidas que conforme a las disposiciones legales y reglamentarias procedan.

Recuerda también que la Constitución local establece de forma expresa la obligación de que el poder público, sin importar el orden de gobierno o la naturaleza de la autoridad, esté sujeto a la prevención, corrección, investigación y sanción de órganos especializados e inmediatos al ejercicio público.

En ese marco, “y con la finalidad de fortalecer las funciones de los órganos internos de control de los organismos constitucionales autónomos, y en congruencia con el Poder Constituyente, el Poder Legislativo está facultado para designar, por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes, a los titulares de los órganos internos de control de dichos organismos que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos Estatal”.

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