REDISEÑAR LA FIGURA DE EXTINCIÓN DE DOMINIO PARA QUE SEA HERRAMIENTA MÁS EFICAZ Y EFICIENTE AL SERVICIO DE LA JUSTICIA: SEIDF

  • También a fin de que se consolide como herramienta inherente en el combate a la delincuencia organizada y la corrupción.
  • Participó el Subprocurador José Guadalupe Medina Romero en Foro Extinción de Dominio realizado en el Senado de la República.

La figura de extinción de dominio es un instrumento al servicio de la justicia en nuestro país y requiere ser más eficaz y eficiente, la cual debe consolidarse  como una herramienta inherente en el combate a la delincuencia organizada y a la corrupción, afirmó el Subprocurador Especializado en Investigación de Delitos Federales (SEIDF), José Guadalupe Medina Romero.

Al participar ayer en el Foro Extinción de Dominio celebrado en el Auditorio Octavio Paz del Senado de la República, el Titular de la SEIDF destacó que si bien la extinción de dominio fue concebida como instrumento en favor del Estado, se requiere de un mejor diseño de ley.

El funcionario de esta institución participó en la Mesa Operadores del Sistema, junto con el Auditor Superior de la Federación, Juan Manuel Portal Martínez; el Director General del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes, Héctor Orozco Fernández; el Director Ejecutivo de Transparencia Mexicana, A.C., Eduardo Bohórquez López, y Samuel González Ruiz, Consultor en Materia de Justicia.

Manifestó que corresponde a la Procuraduría General de la República participar de manera activa con el Poder Legislativo para obtener mejores elementos de regulación. Añadió también que se redoblan los esfuerzos institucionales en materia de extinción de dominio.

Medina Romero expuso que la aportación de los legisladores en la materia es fundamental, y debe mover a una revisión puntual para acceder a resultados más favorables en los órdenes local y federal.

Destacó que el 27 de mayo pasado, el Titular del  Poder Ejecutivo promulgó la Reforma Constitucional en materia de Combate a la Corrupción, a la cual calificó de indudable cambio histórico, cuya orientación específica es el combate a la impunidad.

Puso de relieve que con la creación del Sistema Nacional Anticorrupción se incluyó al enriquecimiento ilícito como supuesto para poder proceder a la extinción de dominio cuando se trate de una acción del Estado, frente a la comisión de un tipo de delito que se considera de alto impacto por la calidad del sujeto activo.

El Subprocurador Especializado en Investigación de Delitos Federales de la PGR indicó que ese tema lleva necesariamente a la revisión del esquema y la vigencia de la Ley Federal de Extinción de Dominio, promulgada en 2009 como una filosofía orientada a proveer al Estado de herramientas para combatir, de manera más directa, la delincuencia organizada.

Detalló por último que a la fecha esa figura jurídica de extinción de dominio se aplicó en 64 ocasiones; 43 de las cuales han sido favorables, 11 resultaron en contra, dos más fueron desechadas y en un caso se presentó el desistimiento. Actualmente, precisó, siete están en trámite.

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