Almoloya de Juárez con observaciones de la Auditoria Financiera por más de 200 MDP

Con número OSFEM/AEFOI/DAF/DAFMC/179/2019 se levantaron 8 actas circunstanciadas.

Por Raúl González Nova 

La administración municipal que presidio Adolfo Jonathan Solís Gómez y que termino el alcalde sustituto Erik Jacobo Velázquez en Almoloya de Juárez tiene diferentes observaciones, por parte del Órgano Superior de Fiscalización. 

La primera observación con número: 18-DAFMC-0102-179-0R-01, es por la cantidad de $197, 428,183.30. (Ciento noventa y siete millones cuatrocientos veintiocho mil ciento ochenta y tres pesos M.N). 

En una sesión de cabildo el “pintoresco” edil Luis Maya Doro, habló sobre esta observación, aunque el “malacopa” y ex presidente, Adolfo Solís trato de negarlo en una entrevista que realizaron, pero la verdad es que el Órgano Superior de Fiscalización, de acuerdo al análisis de los estados de cuenta entregados se detectó que el Ayuntamiento de Almoloya de Juárez, realizó retiros mediante expedición de trasferencias electrónicas, cheques y comisiones a cargo de cheques girados que no cuentan con la información original y digital que compruebe y justifique la realización del gasto o la recepción de los bienes o servicios contratados. 

Por lo mismo, el Órgano Superior de Fiscalización determina un probable daño a la Hacienda Pública Municipal de Almoloya de Juárez, por la cantidad de casi 200 millones de pesos, ya que la salida de los recursos de las cuentas bancarias no cuentan con la documentación original que compruebe y justifique las transacciones realizadas ni con el registro contable, patrimonial y presupuestal en las pólizas correspondientes, desconociendo el uso y destino de los recursos.

Por lo que se infringe los Artículos 134 de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, 129 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México,  16, 18, 19 fracción II, 33, 34, 35, 37, 41, 42, 43 y 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, y los Artículos 312 fracciones I, III Y IV, 335 párrafo II, 336 primer párrafo, 340 fracción I, 342 Y 344 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, Titulo segundo, bancos, Numeral 29 de los Lineamientos de Control Financiero y Administrativo para las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, Gaceta No.9 del 11 de julio 2013.  

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